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¿Las gafas graduadas desgravan en 2025? Guía fácil y actualizada

Actualizado: hace 4 días

desgravan las gafas

Cada campaña de la renta vuelven las dudas: ¿las gafas graduadas desgravan en 2025? ¿Se pueden incluir como gasto sanitario? ¿Hay deducciones autonómicas? ¿Y qué ocurre si eres autónomo? En esta guía revisamos los casos en los que puede aplicarse algún tipo de deducción, siempre según los criterios habituales de Hacienda y la normativa vigente a fecha de publicación.

¿Las gafas graduadas desgravan en 2025? Resumen rápido

A fecha de publicación:

  • No existe una deducción estatal general por gafas graduadas para personas asalariadas.

  • Los autónomos pueden deducirlas, siempre que las necesiten para su actividad económica y dispongan de la documentación adecuada.

  • Algunas comunidades autónomas, como la Comunidad Valenciana, contemplan deducciones por determinados gastos ópticos.

  • En casos de tratamientos médicos específicos prescritos por un especialista, algunos productos ópticos pueden considerarse gasto sanitario deducible, siempre sujeto a valoración de la Agencia Tributaria.

¿En qué casos sí pueden deducirse las gafas graduadas?

1. Cuando eres autónomo y están relacionadas con tu actividad

Los autónomos pueden deducirse gafas, gafas ocupacionales o lentillas si pueden justificar que son necesarias para el desempeño de la actividad.

Para que Hacienda lo admita normalmente se requiere:

  • Relación directa con la actividad profesional (por ejemplo: uso intensivo de pantallas, conducción, diseño, trabajos de precisión…).

  • Factura completa, con nombre, DNI y datos fiscales.

  • Justificación del uso profesional, por ejemplo con informes o prescripciones si las hubiera.

Importante: Hacienda valora cada caso individualmente. No todas las gafas serán deducibles en todos los perfiles profesionales.

¿Importa cómo pagues las gafas o lentes para poder deducirlas?

Sí. La forma de pago puede ser relevante. Para que Hacienda acepte un gasto como deducible, no basta con tener la factura: es recomendable que el pago sea trazable (por ejemplo, mediante tarjeta o transferencia).

Si se paga en efectivo, puede resultar más difícil justificar el gasto ante Hacienda, especialmente en operaciones de importe elevado o si no existe un registro bancario que lo respalde.

Por eso, cuando vayas a pagar tus gafas graduadas:

  • solicita factura oficial, y

  • guarda también el justificante de pago.


Nota: Pagar en efectivo no es ilegal, pero en materia de deducciones Hacienda exige poder acreditar el pago de forma fiable; por eso los medios bancarios facilitan la justificación.

2. Cuando existe una deducción autonómica (por ejemplo, en la Comunidad Valenciana)

Algunas comunidades incluyen ayudas o deducciones por gastos ópticos.Una de las más destacadas es la Comunidad Valenciana, donde existe una deducción aplicable en el IRPF para determinados productos ópticos.

Más información en el apartado específico más abajo.

3. Cuando forman parte de un tratamiento médico específico

En casos de patologías visuales relevantes (como miopía magna, prismas terapéuticos o ambliopía infantil), ciertos productos ópticos pueden considerarse gastos médicos, siempre con:

  • Prescripción de un especialista

  • Factura oficial

  • Justificación del carácter sanitario

Como siempre, la aceptación final depende de la interpretación de la Agencia Tributaria.

Deducción por gafas graduadas en la Comunidad Valenciana

Si tienes residencia fiscal en la Comunidad Valenciana, existe una deducción autonómica aplicable a determinados gastos ópticos en la renta 2025.

Deducción: 30 %

Aplicable a:

  • gafas graduadas

  • cristales graduados

  • lentes de contacto

  • productos de mantenimiento (soluciones, líquidos, etc.)

Límite anual: 100 € por contribuyente.

Requisitos habituales:

  • Tener residencia fiscal en la Comunidad Valenciana.

  • Cumplir los límites de base liquidable establecidos en la normativa autonómica (los importes pueden variar según el ejercicio fiscal).

  • Presentar factura oficial de un establecimiento óptico o sanitario autorizado.

  • Que el producto óptico esté prescrito o recomendado por un óptico-optometrista u oftalmólogo.

¿Las gafas de sol desgravan?

No, salvo que se trate de gafas de sol graduadas y cumplan los requisitos de la deducción autonómica correspondiente.

¿Las lentillas desgravan en 2025?

Sí, en los mismos casos que las gafas graduadas:

  • Para autónomos, si se justifican como gasto vinculado a la actividad.

  • En comunidades con deducciones autonómicas, como la Comunidad Valenciana.

  • Si forman parte de un tratamiento médico prescrito.

Cómo aplicar la deducción

Si resides en la Comunidad Valenciana

  1. Accede a Renta Web → Deducciones autonómicas CV.

  2. Selecciona la deducción de gastos ópticos.

  3. Introduce los importes de tus facturas. El programa calcula el porcentaje automáticamente.

Si eres autónomo

  1. Incluye el gasto en el apartado de gastos afectos a la actividad.

  2. Conserva factura y justificantes.

  3. Asegúrate de poder justificar la relación con tu actividad profesional.

Documentación recomendada para evitar problemas

Guarda siempre:

  • Factura completa con tu nombre y DNI

  • Prescripción o informe visual

  • Justificante de pago

  • En autónomos: documentación que acredite la relación con la actividad

Consejos para ahorrar y deducir correctamente

  • Realiza una revisión visual anual.

  • Elige tratamientos adecuados (antirreflejante, filtro azul, etc.).

  • Si necesitas dos gafas, compara packs de progresivas u ocupacionales.

  • Conserva siempre las facturas.

  • Si resides en la Comunidad Valenciana, revisa si cumples los requisitos de la deducción.

Si tienes cualquier duda sobre tus gafas graduadas, recetas o tratamientos visuales, en Óptica San Mateo estaremos encantados de ayudarte.

Contamos con centros en Alicante, Benidorm, Elda, Elche y Novelda.


Aviso final
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal o legal. Las deducciones pueden variar según normativa estatal y autonómica, así como según la situación personal de cada contribuyente.
La normativa puede cambiar según el ejercicio y la comunidad autónoma. Para casos concretos, consulta con un profesional o con la Agencia Tributaria.
 
 
 

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